Preguntas frecuentes


¿Qué es una reserva de derechos al uso exclusivo?

De conformidad con lo previsto por el artículo 173 de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), es la facultad que tiene una persona física o moral para usar y explotar en forma exclusiva títulos, nombres, denominaciones, características físicas y psicológicas distintivas, o características de operación originales aplicados, de acuerdo con su naturaleza.

¿Qué puede ser objeto de una reserva de derechos al uso exclusivo?

  1. Los títulos de las publicaciones periódicas.

    Las publicaciones periódicas son los materiales cuya edición se realiza en partes sucesivas, con variedad de contenido y que pretenden continuarse indefinidamente, ya sea en formato impreso y/o electrónico.

    Por lo anterior, son susceptibles de protección los títulos de periódicos, revistas, directorios, cabezas de columna, folletos, boletines, suplementos, calendarios, gacetas, catálogos, guías, agendas, colecciones, impresos y/o electrónicos.

    Por ejemplo:

    El título de “Revista Mexicana del Derecho de Autor” en su versión electrónica es objeto de una reserva de derechos como publicación periódica, por tratarse de un material que aunque electrónico, su edición se realiza en partes sucesivas con variedad de contenido y cuya edición pretende continuarse indefinidamente.

  2. Los títulos de las difusiones periódicas.

    Las difusiones periódicas son emitidas en partes sucesivas, con variedad de contenido y susceptibles de transmitirse, tales como son los programas de televisión, programas de radio y las difusiones vía red de cómputo.

    Por lo anterior, los títulos de los programas de televisión, de los programas de radio y las difusiones vía red de cómputo, es decir, los títulos de las páginas web, son susceptibles de protección.

    Ejemplo del objeto de protección de una difusión vía red de cómputo:

  3. La características físicas y psicológicas, así como el nombre de los personajes humanos de caracterización o de los personajes ficticios o simbólicos.

  4. Los nombres artísticos y las denominaciones de los grupos artísticos.

  5. Promociones publicitarias, mismas que consisten en un mecanismo novedoso cuya finalidad es promover y ofertar un bien o un servicio, el cual incluye a su vez otro bien o servicio adicional, el cual se encuentra en condiciones más favorables que las habituales en el comercio.

  6. Recuerda que se exceptúan los anuncios comerciales.

¿Que no es materia de reserva de derechos al uso exclusivo?

De acuerdo con el artículo 188 de la LFDA

  1. Los títulos, los nombres, las denominaciones, las características físicas o psicológicas, o las características de operación que pretendan aplicarse a alguno de los géneros a que se refiere el artículo 173 la presente Ley, cuando:

    1. Por su identidad o semejanza gramatical, fonética, visual o conceptual puedan inducir a error o confusión con una reserva de derechos previamente otorgada o en trámite. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, se podrán obtener reservas de derechos iguales dentro del mismo género, cuando sean solicitadas por el mismo titular;

    2. Sean genéricos y pretendan utilizarse en forma aislada.

    3. Ostenten o presuman el patrocinio de una sociedad, organización o institución pública o privada, nacional o internacional, o de cualquier otra organización reconocida oficialmente, sin la correspondiente autorización expresa;

    4. Reproduzcan o imiten sin autorización, escudos, banderas, emblemas o signos de cualquier país, estado, municipio o división política equivalente;

    5. Incluyan el nombre, seudónimo o imagen de alguna persona determinada, sin consentimiento expreso del interesado, o

    6. Sean iguales o semejantes en grado de confusión con otro que el Instituto estime notoriamente conocido en México, salvo que el solicitante sea el titular del derecho notoriamente conocido;

  2. Los subtítulos;

  3. Las características gráficas;

  4. Las leyendas, tradiciones o sucedidos que hayan llegado a individualizarse o que sean generalmente conocidos bajo un nombre que les sea característico;

  5. Las letras o los números aislados;

  6. La traducción a otros idiomas, la variación ortográfica caprichosa o la construcción artificial de palabras no reservables;

  7. Los nombres de personas utilizados en forma aislada, excepto los que sean solicitados para la protección de nombres artísticos, denominaciones de grupos artísticos, personajes humanos de caracterización, o simbólicos o ficticios en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el inciso e) de la fracción I de este artículo, y

  8. Los nombres o denominaciones de países, ciudades, poblaciones o de cualquier otra división territorial, política o geográfica, o sus gentilicios y derivaciones, utilizados en forma aislada.

  9. Denominaciones y características de operación originales de promociones publicitarias.

¿Cuáles son los géneros, especies y claves de las reservas de derechos al uso exclusivo? y ¿Cuál es la vigencia de su uso exclusivo?


Reservas de Derechos
GéneroEspecieClaveVigencia (Año)
Publicaciones periódicasPeriódico1011 año
Con renovación
Revista102
Directorio103
Cabeza de columna104
Folleto105
Boletín106
Suplemento107
Calendario108
Gaceta109
Catálogo110
Guía111
Agenda112
Colección117
Difusiones periódicasPrograma de T. V.2011 año
Con renovación
Programa de radio202
Difusión vía red de cómputo203
PersonajesFícticios o simbólicos301 5 años
Con renovación
Humano de caracterización302
Personas o grupos dedicados a actividades artísticasNombre artístico4015 años
Con renovación
Denominación de grupo artístico402
Promoción publicitaria 5015 años
Sin renovación

¿En qué casos debo llenar el apartado de representación gráfica?

Cuando solicitas un dictamen previo o bien, una reserva de derechos de títulos de publicaciones periódicas, títulos de difusiones periódicas, de nombres artísticos o de denominaciones de grupos artísticos.

Recuerda, este apartado no es opcional, evita requerimientos.

¿Los logotipos, nombres de dominio y URL’S, son susceptibles de protección a través de una reserva de derechos al uso exclusivo?

No