Duplicado


Mediante el trámite de Duplicado el autor o titular de los derechos patrimoniales, puede solicitar la expedición de un duplicado del certificado de inscripción o de la constancia de registro, cuando por pérdida, destrucción o mutilación del original en el Registro sea imposible la expedición de copias certificadas. (Art. 63 del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor)