Mecanismos alternativos para solución de controversias en materia de derechos de autor



El eslogan usado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor “Todos somos autores”, representa mucho más que las tres palabras que a primera vista podemos identificar; se refiere a que en algún momento de nuestra vida, todos, hemos sido creadores de alguna obra; por mencionar algunos ejemplos: el dibujo que hicimos en la niñez, una carta de amor, la canción que compusimos o escribimos cuando jugamos con nuestros amigos, el diario de nuestra adolescencia, una fotografía, un ensayo, la tesis con la que obtuvimos un grado académico, o tal vez, con los muchos contenidos que se generan hoy para subir a las redes sociales.

Sin duda, el arte y los derechos de autor están inmersos en cada una de las cosas que nos rodean en nuestra cotidianeidad, programas de radio y televisión, series que se transmiten por alguna plataforma, películas que vemos en el cine, libretos de obras de teatro, planos arquitectónicos, esculturas, dibujos, novelas, … en fin, son innumerables los ejemplos de obras que tienen derechos de autor.

Como es evidente, en un mundo en donde mucho de lo que nos rodea tiene implícito algún derecho de autor, ante la falta de conocimiento para la utilización responsable y respetuosa de una obra, es sencillo que se incurra en algún uso indebido o no autorizado; por eso, estamos convencidos de que el primer paso para respetar los derechos de autor es conocerlos, pues en un aspecto preventivo nos evitará encontrarnos en un conflicto legal.

Ahora bien, ¿qué puedo hacer si alguien ha vulnerado alguno de mis derechos de autor, o si yo he vulnerado alguno de estos? ¿qué debo hacer al respecto?; buscar un abogado en la materia e iniciar una demanda, sin duda, podría ser nuestro primer impulso, sin embargo, existen mecanismos más amigables, rápidos y económicos para solucionar un problema; nos referimos a los MASC (Mecanismos Alternativos para la Solución de Conflictos).

Los MASC, son opciones creadas para dar mayor poder de decisión a las personas que intervienen en alguna problemática, hoy son considerados un derecho humano, por ello, se encuentran contemplados en nuestra Constitución Federal en el artículo 17, que refiere: “Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias”.

Para hablarte de los mecanismos alternativos a los que puedes acceder en materia de derechos de autor en nuestro país, primero te diremos que el Instituto Nacional del Derecho de Autor, es la autoridad administrativa encargada de conocer las problemáticas que se suscitan en la materia, y los mecanismos alternativos de solución de conflictos que prevé la ley, tenemos al “Procedimiento de arbitraje” y al “Procedimiento de Avenencia”, que son las vías que el Indautor ofrece a los titulares de un derecho de autor o a sus causahabientes, y a toda aquella persona que desee dirimir alguna controversia relacionada con el derecho de autor, de manera pacífica.

A continuación, te daremos información que te permitirá conocer más acerca de los MASC que ofrece el Indautor.

Comencemos con el arbitraje, este es un procedimiento en el que un grupo de expertos evalúan todos los elementos y pruebas de un caso concreto, generando un análisis de todo el material que los involucrados en el conflicto les entreguen, para posteriormente llegar a la determinación el asunto, a la que formalmente se le conoce como “laudo”, dicha resolución es obligatoria para todas las partes.

Para que el arbitraje pueda llevarse a cabo, es necesario contar con un grupo arbitral que deberá de ser formado por cuando menos 3 árbitros de la lista publicada en el Diario Oficial de la federación, o bien, de los especialistas que las partes determinen, siempre y cuando estos cumplan con los requisitos que la ley establece.

Dentro de este procedimiento, el Indautor funge como administrador y colaborador del grupo arbitral, pero solamente en lo que se refiere a las notificaciones y cualquier asunto de simple trámite, es decir, que no interviene en la elaboración del laudo.

En el mes de noviembre de cada año, el Instituto emite una invitación para todos aquellos especialistas en la materia, que estén interesados en formar parte de la lista de personas autorizadas para fungir como árbitros, misma que anualmente se publica en el Diario Oficial de la Federación y está disponible para público a través de la página oficial del Instituto, de modo que, aquellas personas que estén interesadas en someter al arbitraje el conflicto suscitado, únicamente deberán acceder a la página institucional y contactar al especialista de su preferencia. Vale la pena comentar que a la par de la lista es publicado el arancel de honorarios de los árbitros y la cantidad correspondiente por concepto de sus viáticos; situación que también deberá de ser contemplada por las personas que quieran acceder a este procedimiento.

Ahora hablemos del procedimiento de Avenencia, en este la persona que considera afectado alguno de sus derechos protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, solicita se cite a junta de Avenencia a quien estima responsable del uso no autorizado de sus obras, reserva de derechos, o bien, su imagen. Para acceder a este servicio es necesario que mediante un escrito, expongas quién y por qué consideras ha vulnerado tus derechos previstos en la legislación autoral, asimismo deberás anexar el comprobante de pago de derechos, el nombre y dirección de la persona física o moral que quieres se cite y, por supuesto, los datos de tu localización (dirección para oír y recibir notificaciones, teléfono, correo electrónico y cualquier otro que consideres relevante). También es importante hacer referencia expresa de tu conformidad para que la junta de Avenencia se realice mediante el uso de tecnologías de la información (videoconferencia), lo anterior, bajo el entendido de que actualmente únicamente es posible llevarlas a cabo a través de dichas tecnologías.

Para ingresar tu solicitud, podrás hacerlo indistintamente en forma personal (en la oficialía de partes de la Dirección Jurídica del Instituto) o mediante el correo electrónico avenencias.indautor@cultura.gob.mx.Una vez admitida la solicitud, el Indautor realizará la notificación correspondiente para la celebración de la Junta en su modalidad de mediación-conciliación. Dentro del citatorio se hará constar el apercibimiento de Ley, consistente en que, aquella o aquellas personas que no asistan a la junta programada ya sea que se tenga contemplada su celebración en forma presencial o con el uso de tecnologías de la información, se hará acreedora a una multa (que actualmente es de cien a ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente).

Dentro de la reunión, las partes serán atendidas por un facilitador que tendrá la misión de aplicar técnicas y herramientas de comunicación para ayudar a que resuelva la problemática planteada; en caso que se logre un acuerdo, este se plasmará en un acta; también puede suceder que las personas requieran mayor tiempo para la negociación, en este supuesto se podrá fijar una fecha subsecuente para dar seguimiento al asunto, en cuyo caso, deberán de exhibir el pago de derechos por esta nueva reunión.

Es relevante saber que las personas podrán solicitar que su convenio sea calificado por el Indautor para que adquiera el valor y fuerza de cosa juzgada.

Ahora bien, con la finalidad de ampliar información sobre los mecanismos alternativos para la solución de controversias, en particular del arbitraje, la conciliación y la mediación; podríamos decir que la mayor diferencia que existe entre ellos es el grado de participación que tiene el tercero que ayuda a resolver el conflicto, qué es inversamente proporcional a la toma de decisiones que tienen los involucrados. Para mayor referencia puedes ver el siguiente cuadro que te ilustra lo referido.


Los mecanismos alternativos también se distinguen por tener una mayor flexibilidad en el proceso, pues se privilegia la solución del conflicto sobre meros formalismos procedimentales. Una de las grandes ventajas que ofrecen los MASC es el ambiente de confidencialidad y respeto entre los que participan. Podríamos concluir entonces, que con el uso de los MASC no solo ahorrarás tiempo y dinero, sino que también, tendrás una mejor experiencia en la solución de los conflictos; que incluso permitirán prever futuras cuestiones relacionadas.

En caso de que la controversia sea derivada de previas relaciones jurídicas, estas vías permitirán resolver el conflicto, de modo que se mantengan las relaciones comerciales en buenos términos.

Por lo que, si te encuentras ante algún problema en materia de derechos de autor, te recomendamos acudir al Instituto Nacional del Derecho de Autor, ubicado en Puebla 143, colonia Roma Norte, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, código postal 06700; o bien, acceder a los mecanismos de la forma que se ha explicado. En caso de que tengas alguna duda particular relacionada con la materia, puedes escribir al correo electrónico jurinda@cultura.gob.mx en donde con gusto daremos respuesta a tus dudas respecto de la aplicación administrativa de la Ley Federal del Derecho de Autor.



1-. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 17, párrafo quinto,
     https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

2-. Para contactar a alguna de las personas autorizadas para fungir como árbitros
      https://consultasindautor.cultura.gob.mx/consulta_arbitro/

3-. Instrucciones para iniciar un procedimiento de avenencia
     https://www.indautor.gob.mx/servicios/arbitraje/procedimiento.php