Primera solicitud ISBN - persona física (autor-editor)


Autor-Editor: Persona física creadora o autora de una obra primigenia al cien por ciento, quien no ha cedido derechos previamente o que no tiene restricciones laborales contractuales en activo, siendo representante legal, editor y posiblemente quien asume económicamente la edición de la obra literaria por su propia cuenta en cualquiera de los formatos o sustratos disponibles. Bajo esta categoría las obras de su autoría y que se auto publica, no deben denotar, contener, insertar o incluir en ninguna parte interna o externa de la publicación (libro) escudos, emblemas, logotipos, marcas, nombres o denominaciones de personas públicas o privadas, etc. sin excepción alguna. No podrán publicar/editar a terceros.

Importante: Las entidades que patrocinan con dinero o especie, o aquellos que financian un proyecto editorial, no adquieren derechos sobre la obra, por lo tanto no se pueden ostentar como coeditores de la obra en cuestión, sin embargo, su mención, reconocimiento o agradecimiento se integrará en la hoja de agradecimientos dentro del cuerpo del libro. Del mismo modo, es impresindible puntualizar que la estricta prestación de servicios editoriales no constituye la calidad de editor ya que no se han adquirido los derechos.

Para realizar su trámite deberá ingresar a la plataforma de la Agencia Nacional de ISBN Instituto Nacional del Derecho de Autor, dar clic en el extremo superior derecho en la opción Registrarse, hacerlo como Persona natural Autor-Editor, requisitar cada campo con la información de la persona moral que desee darse de alta; y en el rubro de Adjuntar documento de identificación del editor-autor deberá incorporar la siguiente documentación en un solo formato PDF:

  1. Pago de derechos por ISBN y código de barras (este último en caso de haber sido solicitado).

  2. Identificación oficial vigente del solicitante.

  3. Original del pago de derechos correspondiente en caso de requerir la expedición de la constancia de alta en el padrón nacional de editores (trámite que deberá realizar necesariamente si es la primera vez que solicita un número ISBN). La constancia es opcional, pero lleva su respectivo pago por emisión.

  4. Original del pago de derechos correspondiente en caso de requerir la expedición de la constancia de número ISBN con código de barras. La constancia es opcional, pero lleva su respectivo pago por emisión.

Muy importante: Es trascendental resaltar, que la solicitud de alta en el padrón nacional de editores y número ISBN se realizan conjuntamente, es por ello el trámite debe solicitarse cuando la obra se encuentre a dos semanas previas a la fase de impresión, maquilación o levantamientos en una plataforma.

Es importante tomar en cuenta las siguientes especificaciones:

Sólo podrá solicitar ISBN el propio autor-editor, cuando se responsabilice totalmente de la edición, impresión, comercialización y distribución de la obra en calidad de autor-editor, asimismo, cuando la obra se encuentre a máximo diez días naturales de entrar a talleres de impresión.

Bajo la categoría de autor-editor, la persona física creadora o autora de una obra y que es responsable económica y legalmente de la edición de la misma por su propia cuenta en cualquiera de los formatos o sustratos disponibles, debe tener en cuenta no deben denotar, contener o incluir en ninguna parte de la publicación (libro) escudos, emblemas, logotipos, marcas, nombres o denominaciones de personas públicas o privadas, etc. Tampoco podrán publicar a terceros independientemente de la relación, vínculo o cercanía con otras personas.

Tiempo de asignación del ISBN, en sus dos modalidades:

  1. A través del sistema en línea ISBN (solo aplica para usuarios que se encuentren registrados en el padrón nacional de editores):

  2. Una vez realizado la solicitud satisfactoriamente, en un plazo de diez días hábiles posteriores a la fecha de la solicitud y durante el transcurso del quinto día, el usuario deberá ingresar nuevamente a su cuenta personal del sistema en línea ISBN (con su login y password), para consultar en el menú denominado "consulta de solicitudes", por número de radicado o estado de solicitudes.

Importante

Certificado de número ISBN y código de barras:

El certificado de ISBN y la solicitud de código de barras, son trámites diversos, en virtud de ello se deberá realizar el pago de derechos respectivo por cada uno de ellos.

Formatos y costos:

Primera solicitud ISBN - persona física (autor-editor)
Trámite
Costo
Solicitud de ISBN, y registro en el padrón nacional de editores.
 
Anexo de solicitud de ISBN.
(Se requiere solo en caso de solicitar más de un título, o ser más de dos autores).
Certificado ISBN o código de barras
Constancia de registro en el padrón nacional de editores
Corrección y actualización de datos.

¡Importante! Todos los pagos deberán realizarse de manera individual, un pago por cada trámite solicitado.
          No se aceptan comprobantes de "pagos integrales" o que amparen múltiples trámites.